En junio de 2026, trabajadores registrados y jubilados esperarán la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente denominado aguinaldo. Este ingreso representa el 50% del salario mensual más alto percibido durante los primeros seis meses del año, de acuerdo con lo establecido por la ley 23.041, que regula el pago en el sector privado, en la administración pública y en las empresas estatales.
La fecha límite para abonar la primera cuota del aguinaldo es hasta la última jornada laboral de junio, que en este año cae el martes 30. Es importante señalar que las empresas tienen un plazo adicional de cuatro días hábiles para completar este pago; por lo tanto, algunos trabajadores podrían recibirlo hasta el lunes 6 de julio.
Este beneficio está destinado exclusivamente a trabajadores registrados, jubilados y pensionados del sistema previsional, por lo que no incluye a trabajadores no registrados, monotributistas o aquellos que realizan actividades informales sin aportes.
El cálculo del aguinaldo se realiza tomando el 50% del salario mensual más alto que el empleado haya percibido durante el semestre de enero a junio. En situaciones donde el trabajador no haya completado los seis meses, el monto se ajustará proporcionalmente según el tiempo trabajado, aplicando la fórmula: (salario mensual / 12) multiplicado por los meses trabajados. Por ejemplo, si un trabajador tuvo un salario máximo de $100.000 y trabajó seis meses, el aguinaldo resultante sería (100.000 / 12) * 6, o sea, $50.000.
Es fundamental que los empleadores cumplan con los plazos definidos para evitar sanciones. El aguinaldo no está sujeto a descuentos por embargos hasta cierto límite, lo que garantiza un ingreso adicional para los beneficiarios durante este período. Los trabajadores deben revisar sus recibos para confirmar el monto y la fecha de pago, y en caso de retrasos, pueden presentar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo. Este ingreso extra es esencial para cubrir gastos a mitad de año y mejorar el poder adquisitivo de las familias. Además, es importante destacar que el aguinaldo no puede ser sustituido por ningún otro beneficio, y su pago no afecta el cálculo de otros aportes o contribuciones sociales, asegurando así la protección social de los beneficiarios.

