La Cámara Contencioso Administrativo Federal suspendió varios artículos del decreto 70/2023 impulsado por el gobierno de Javier Milei, que habilitaba la venta de ciertos medicamentos —como analgésicos y antiácidos— en kioscos y locales no habilitados como farmacias. La medida cautelar parcial, impulsada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA), fue firmada por las juezas Clara Do Pico, Liliana Heiland y el juez Rodolfo Eduardo Facio.
El tribunal advirtió que la eliminación de estos controles podría afectar la salud pública y generar “evidentes efectos adversos”. Con la decisión, los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del decreto quedan sin efecto mientras se resuelve la cuestión de fondo.
Las entidades farmacéuticas habían denunciado la venta ilegal de medicamentos en diversos comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, apuntando a la falta de fiscalización estatal. Argumentaron que la comercialización indiscriminada perjudica tanto a los profesionales del sector como a los pacientes.
Además de las farmacias, la resolución impacta en las droguerías que, bajo el nuevo marco regulatorio, estaban autorizadas a vender directamente al público. En su comunicado, COFA destacó que el expendio de medicamentos es una “función sanitaria indelegable” que requiere la presencia y el control profesional del farmacéutico.
El decreto original había previsto que la venta de analgésicos y antiácidos en locales no especializados se realizara bajo condiciones reguladas por la autoridad sanitaria. Con esta suspensión judicial, dicha comercialización queda momentáneamente restringida hasta que avance el proceso judicial.

